¿Remilitarización del país?
¿Remilitarización del país? El Siglo, martes 08 de abril de 2025 Anayansi Turner La Constitución panameña es muy clara: “La República de Panamá no tendrá ejército”. A su vez destaca que los servicios de policía que se presten tienen como objeto conservar el orden público; preservar vida, honra y bienes de quienes se encuentren bajo la jurisdicción del Estado; prevenir hechos delictivos; y prestar servicios especiales en caso de agresión externa. Este texto viene de las reformas constitucionales introducidas en 1994, bajo el gobierno de Guillermo Endara. Sin embargo, la desarticulación del ejército nacional se explica a raíz de la intervención militar norteamericana del 20 de diciembre de 1989. Una situación parecida se vivió a inicios de la República, cuando se estableció tanto en el tratado Hay-Bunau Varilla como en la Constitución Política de 1904 que EU era quien “garantizaba nuestra independencia” con la facultad de intervenir militarmente en Panamá, por lo que nuestros...