Sobre la reducción de jornada y de salario
Sobre la reducción de jornada y de salario El Siglo, martes 21 de julio de 2020 El principio de irrenunciabilidad de los derechos del trabajador enunciado en el artículo 71 constitucional fue trastocado gravemente El principio de irrenunciabilidad de los derechos del trabajador enunciado en el artículo 71 constitucional fue trastocado gravemente con la Ley 44 de 1995, al permitir excepciones a la prohibición de reducción del salario, en el artículo 159 del Código de Trabajo. Dicho artículo enuncia como excepciones, la crisis económica grave de carácter nacional y el caso fortuito o fuerza mayor debidamente comprobados y que pongan en peligro, puestos de trabajo. En estas situaciones se podrá modificar o reducir la jornada de trabajo, temporalmente, con el consentimiento del sindicato o el trabajador, siempre que se convengan métodos para lograr la recuperación gradual de dicha jornada a los niveles anteriores. Ahora, tras la declaratoria del Estado de Emergencia, se ha echad...