La nueva estrategia de seguridad y el derecho a la intimidad

 

La nueva estrategia de seguridad y el derecho a la intimidad 





El Siglo, martes 20 de julio de 2021 

Sin negar la utilidad de la tecnología, no podemos menos que oponernos a tal plan

El ministro de Seguridad de Panamá, Juan Pino, anunció hace 2 días que pondrá en funcionamiento para este año, un Sistema de Verificación Ciudadana, basada en la inteligencia artificial, donde “el policía, a través del celular puede tener lectura de placa, de documentos, lectura facial, sin necesidad de una intervención directa con el ciudadano”.  Asimismo se comunicó la modernización del “Pele Police”, con una inversión de 2.5 millones de balboas, el cual utilizará la base de datos del Tribunal Electoral, Tránsito, Migración, Aduanas, DIJ, Interpol y otras (LEP, 18 y 19/7/21).

Sin negar la utilidad de la tecnología, no podemos menos que oponernos a tal plan, por ser inconsulto y dado el peligro que representa para la vigencia del derecho a la intimidad.

Los convenios de derechos humanos definen al mismo como la facultad individual de disfrutar de la vida privada, familia, domicilio, correspondencia y demás comunicaciones personales, sin injerencias arbitrarias ni ataques a la honra y reputación de la persona, gozando de la protección de la ley contra esas injerencias o ataques.  Nuestra Constitución, aunque insuficientemente, consagra este derecho, en sus artículos 26 y 29.

El Código de la Familia, por su parte, consagra el derecho a la imagen, la cual no puede ser reproducida de manera pública sin el consentimiento de su titular, salvo que la finalidad sea noticiosa con un interés público o cultural, respetando la dignidad de la persona.   La Ley 81 de 2019, sobre Protección de Datos Personales, la cual entró en vigor en marzo de 2021, vino a complementar este derecho, consignando la necesidad del consentimiento del titular de la imagen para su reproducción, a menos que se trate de una obligación contractual o legal o si así lo autoriza una ley especial que desarrolle este derecho.

La Constitución Española es diáfana, al proteger la privacidad cuando prescribe que “La ley limitará el uso de la informática para garantizar el honor y la intimidad personal y familiar de los ciudadanos y el pleno ejercicio de sus derechos”.

De esta manera no es posible que este nuevo sistema de seguridad se ejecute arbitrariamente, SIN UNA REGULACIÓN LEGAL de por medio, tal como ha pasado con el Pele Police, la pinchadora Pegasus, las pistolas eléctricas Táser y los aparatos de reconocimiento facial recién instalados en los bancos. 

En cuanto al software israelí, de la empresa NSO, nunca fue ubicado en las investigaciones judiciales, a pesar de que por su uso es sindicado un expresidente panameño.  Ojalá el escándalo divulgado últimamente en medios internacionales, en cuanto a 50,000 celulares de jefes de Estado, políticos, periodistas y diplomáticos filtrados a través del mismo, sirva para tomar conciencia acerca de la necesidad de que se regule el uso de estas tecnologías de vigilancia preservando el derecho de privacidad.

Anayansi Turner

Abogada y docente universitaria


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