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Mostrando las entradas de enero, 2022

Independencia y Carrera Judicial

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  Independencia y carrera judicial El Siglo, martes 25 de enero de 2022  La carrera judicial es el derecho a la estabilidad en sus cargos por parte del personal del Órgano Judicial La carrera judicial es el derecho a la estabilidad en sus cargos por parte del personal del Órgano Judicial, el cual debe ser escogido conforme a un sistema de méritos, plasmándose por primera vez, al igual que la carrera administrativa, en el texto constitucional de 1946. Sin embargo, casi 76 años después nos encontramos con la triste realidad de que sólo el 42% de sus funcionarios (de un total de 5,500) son de la vieja carrera judicial. La nueva carrera establecida a través de la Ley 53 de 27 de agosto de 2015, con su reglamentación de 2018, no se ha ejecutado porque los sucesivos Presidentes de la Corte Suprema de Justicia han venido alegando falta de presupuesto para ello. Cuando entra en vigencia el Sistema Penal Acusatorio (SPA) en todo el país, en el 2016, los nombramientos fueron interinos (por lo me

Ingresos exorbitantes de alcaldes y representantes

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  Ingresos exorbitantes de alcaldes y representantes El Siglo, martes 18 de enero de 2022  Es vergonzoso que el gobierno se ensañe con quienes ejercemos profesiones liberales, mientras favorece privilegios de autoridades locales Los reportajes del diario La Prensa del 13 y 14 de enero pasado dan cuenta de exorbitantes asignaciones para cubrir gastos de movilización, representación y dietas de 10 alcaldes y 10 representantes de corregimientos que incrementan sus ingresos mensuales a tal punto que hasta resultan superiores a los correspondientes al propio Presidente, Ministros y Magistrados de la Corte Suprema (oscilan entre B/ 13,750 a B/ 7,350 mensuales cada uno). Curiosamente el aumento, más allá del salario, se da sobre todo con base en los llamados ‘gastos de movilización' que oscilan entre 2,900 y 5 mil balboas por mes. Estos gastos significan B/ 12 millones anuales correspondientes a los 751 alcaldes y representantes de todo el país. Además de estar libres de impuestos no se j

Salario Mínimo Irrisorio

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  Salario mínimo irrisorio El Siglo, martes 11 de enero de 2022. El salario mínimo es un derecho consagrado por primera vez en la Constitución de 1946 El salario mínimo es un derecho consagrado por primera vez en la Constitución de 1946. Pero su materialización sólo fue posible a raíz de la Marcha del Hambre y la Desesperación de 1959, cuando se expidió la ley correspondiente. ¡13 años después!: tal era la resistencia de los empleadores. Según el actual texto constitucional, debe cubrir las necesidades normales de la familia y mejorar su nivel de vida. Debe aplicarse tanto al trabajador del sector privado como público e implica su ajuste periódico. El Código de Trabajo, aplicable al sector privado, dice que éste debe ser cada 2 años, siguiendo la recomendación de la Comisión Nacional de Salario Mínimo, integrada por trabajadores, empleadores y gobierno, en virtud de un Decreto Ejecutivo. En la Comisión establecida para discutir el ajuste 2022-2024 no hubo acuerdo entre la representació

Presión fiscal a las profesiones liberales y no a las empresas de gran capital

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  Presión fiscal a las profesiones liberales y no a las empresas de gran capital El Siglo, martes 4 de enero de 2022  Mientras Panamá es de los países de más bajo nivel de recaudación fiscal del continente (9% del PIB)... Mientras Panamá es de los países de más bajo nivel de recaudación fiscal del continente (9% del PIB) y donde la evasión y elusión tributarias son escandalosas por parte de las grandes empresas, el gobierno se ensaña con el sector profesional, a través de la expedición de la ley 256 de 26 de noviembre de 2021. En efecto, el economista Juan Jované ha revelado que, según la propia información de la Dirección General de Ingresos (DGI), la evasión del impuesto sobre la renta de las personas jurídicas, entre el 2009 y el 2019, ha sido de B/ 34,968.3 millones, o sea, el 6.4% del PIB. Y, en cuanto al ITBMS, la evasión en el mismo período alcanza la cifra de B/ 11,455 millones, lo cual representa un promedio anual de 2% del PIB. (La Estrella de Panamá, 3/10/21). La ley 256, so