Inconstitucionalidad de la factura electrónica para las profesiones liberales


Inconstitucionalidad de la factura electrónica para las profesiones liberales


  • El Siglo,  lunes 26 de agosto de 2024 

La Corte Suprema de Justicia emitió el Fallo de 17 de julio de 2024, dado a conocer recientemente, por el cual declara inconstitucional el numeral 5, parágrafo 3 del artículo 12 de la Ley 76 de 1976, tal como fue modificada por el artículo 2 de la Ley 256 de 2021, que se refiere a “los servicios prestados en ejercicio de profesiones liberales, artesanales y artísticas, en forma independiente o a través de sociedades civiles”, los cuales quedan exceptuados del uso de equipos fiscales o del sistema de facturación electrónica. La demanda fue presentada por la Lcda Maritza Cedeño, en representación del Colegio Nacional de Abogados.

El máximo tribunal de justicia considera que dicho numeral viola el artículo 40 de la Constitución Política, el cual además de establecer la libertad de oficio o de profesión, señala que: “no se establecerá impuesto o contribución para el ejercicio de las profesiones liberales y de los oficios y las artes”.

La Corte estima que al consignar la Ley 256 la obligatoridad de la facturación electrónica a quienes ejercen profesiones liberales, artesanales o artísticas, les establece la posibilidad de sanciones y hasta cierre del establecimiento por no acatar la misma ni adoptar los equipos fiscales autorizados, “afectando la libertad de ejercer su profesión, oficio o arte que, en no pocos casos, es solo de subsistencia”. Agrega que “la disposición demandada va más allá del margen de configuración legislativa en materia tributaria... puesto que... se produce una afectación de la profesión liberal, oficio o arte, quienes por décadas han recibido un tratamiento diferenciado con relación al resto de contribuyentes en atención a las particularidades de su prestación y ejercicio, por lo cual no pueden estar sometidos a las mismas formalidades y rigores de los comerciantes”.

De allí las sendas protestas de los artesanos y de quienes ejercen las profesiones liberales, encabezadas por los gremios correspondientes. Ya lo decíamos en nuestro artículo del 4 de enero de 2022, aparecido en este mismo diario: “Mientras Panamá es de los países de más bajo nivel de recaudación fiscal del continente (9% del PIB) y donde la evasión y elusión tributarias son escandalosas por parte de las grandes empresas, el gobierno se ensaña con el sector profesional, a través de la expedición de la ley 256 de 26 de noviembre de 2021”.


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