Examen de barra y la ley de la abogacía

 Examen de barra y la ley de la abogacía

El Siglo, martes 11 de julio de 2023 

Anayansi Turner, abogada y docente universitaria

Desde la reforma de Córdoba de 1918, las universidades latinoamericanas ampliaron la base social

El 4 de julio pasado, la Corte Suprema de Justicia (CSJ) dio a conocer que sólo 9 participantes, de un total de 150, habían aprobado el examen que le aplicara el Instituto Superior de la Judicatura adscrito a la Corte, en cumplimiento de la nueva ley de la abogacía (Ley 350 de 2022) que exige la aprobación de un examen profesional, a diferencia de la anterior (Ley 9 de 1984) que no exigía este requisito.

Este hecho ha conmocionado a la comunidad estudiosa de las carreras de derecho de las diversas universidades, pues, aunque el examen debe referirse ‘principalmente' a ‘conocimientos éticos y prácticos de la profesión del abogado', lo cierto es que el porcentaje de aprobación es sumamente bajo (6%), no se compadece con la dedicación académica e inversión de tiempo y dinero que implica la carrera y genera dudas acerca del contenido del examen e idoneidad de los examinadores.

El estudiantado de derecho de la Universidad de Panamá históricamente se ha opuesto a la aplicación de exámenes de barra por parte de la CSJ y/o el Colegio Nacional de Abogados, en tanto dichas pruebas no pueden ser expresión de un elitismo excluyente de sectores populares, por un lado; ni suplantar la labor formativa de los centros de estudios superiores, por el otro lado.

Desde la reforma de Córdoba de 1918, las universidades latinoamericanas ampliaron la base social (estratos bajos y medios) con acceso a estas instituciones, lo cual no debiera significar sacrificar la calidad de la educación que se imparte, que ha de estar garantizada por una carrera y formación pedagógica y especializada del docente. Sin embargo, la proliferación de universidades particulares sin mayor fiscalización y la entronización del clientelismo político en las públicas ha generado un deterioro del nivel educativo y una creciente mercantilización del título universitario.

Como dijimos en artículo intitulado ‘Ni elitización ni mercantilización de la abogacía' (El Siglo, 10/8/21), debemos ser autocríticos en cuanto a la formación académica que impartimos y el papel fiscalizador que jugamos las universidades públicas, en cuanto a la carrera más demandada del país. Así mismo pensamos que ese ‘examen de barra' debe ser eliminado de la Ley 350 y ser sustituido por un examen de grado que aplique la propia universidad (en la UP no se ha implementado aún, aunque figura como alternativa al trabajo de graduación en el reglamento respectivo). También dijimos en dicho artículo, en cuanto al aspecto ético: ‘éste se construye en el aula, hogar y sociedad, sin olvidar el modelo profesional que transmiten, autoridades y magistrados'.

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