1o de septiembre: ¿Y la libertad sindical?

 



Por: Anayansi Turner*
8 de septiembre de 2026

En el marco de la 114a Conferencia Internacional del Trabajo de la OIT de junio pasado, el gobierno panameño figura por segunda ocasión en la lista de los 24 países más violadores de la libertad sindical.

Además, se le dio plazo hasta el 1o de septiembre, para que informara de las medidas adoptadas con respecto a las conclusiones de la Comisión de Aplicación de Normas sobre Panamá, dentro de ellas: Garantizar el ejercicio de la libertad sindical por parte de las organizaciones sociales, sin persecuciones, detenciones, encarcelamientos, ni presiones económicas indebidas; garantizar la aplicación efectiva de los derechos contenidos en el convenio No 87 de la OIT sobre libertad sindical, mediante procedimientos transparentes y rápidos, así como mecanismos eficaces de resolución de conflictos; institucionalizar el diálogo social tripartito hacia la creación del Consejo Superior del Trabajo con las organizaciones de empleadores y trabajadores más representativas.

Sin embargo, a continuación de la Conferencia de la OIT en Ginebra, fueron detenidos dirigentes de CONUSI, SUNTRACS y SITIESPA, allanadas sus residencias y las oficinas de CONUSI y confiscados sus equipos de comunicación, y se continúa con los procesos judiciales contra dirigentes de CONUSI y SUNTRACS.  Las cuentas bancarias de SUNTRACS siguen cerradas, algunas desde 2023 y otras desde hace 17 meses con el actual gobierno, como represalia por su participación en la lucha contra el contrato minero y la Ley 462 del seguro social.  La cooperativa del SUNTRACS sigue disuelta arbitrariamente.  CONUSI ha sido privada de recibir fondos del seguro educativo para capacitación sindical  Las autoridades del Ministerio de Trabajo desconocen a las dirigencias legítimas de diversas organizaciones y centrales sindicales y se les impide la negociación de convenciones colectivas.  298 educadores siguen destituidos, desconociéndose su derecho de huelga, violándose asimismo el Convenio 87 sobre libertad sindical.  Así como también se fomenta el sindicalismo amarillo.

La libertad sindical debe ser respetada, pues es un ingrediente fundamental de un sistema democrático de gobierno.  Permite el ejercicio de libertades como la de expresión y asociación, afianzar la democracia interna de las agrupaciones sindicales, que éstas sean importantes actores nacionales, así como hace posible un mayor equilibrio a lo interno de las empresas, evitando los abusos contra los trabajadores y logrando a favor de éstos mejores condiciones de trabajo a través de la negociación colectiva.

*Abogada y catedrática universitaria.



















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