Fallo violenta derechos de la mujer

 

Fallo violenta derechos de la mujer





El Siglo, martes 23 de marzo de 2021

Dicha sentencia de la CSJ tuvo el voto favorable de 5 magistrados (todos varones) y el salvamento de voto de 4 magistrados (3 mujeres y 1 varón)  

El pasado 12 de marzo fue publicado en la Gaceta Oficial, un controversial Fallo de la Corte Suprema de Justicia, con fecha del 20 de septiembre del año pasado, donde se declara la constitucionalidad de la Ley No 7 de 2013, ‘que establece el marco regulatorio para la esterilización femenina', demandada casi 5 años antes por la abogada Haydée Méndez Illueca, por considerar que no se atenía al texto constitucional.

La precitada Ley exige a las mujeres que soliciten el procedimiento de esterilización en centros de salud u hospitalarios del sector público, más requisitos que a los varones: contar con 23 años de edad, tener 2 hijos y poseer una recomendación médica; mientras que a los varones sólo se les pide ser mayores de edad, para realizarles la vasectomía.

Dicha sentencia tuvo el voto favorable de 5 magistrados (todos varones) y se sustentó en el argumento de que la Ley 7 de 2013 sólo ‘regula la forma en que el servicio de esterilización será dispensado', sin significar ‘intromisión o limitación en la autonomía sexual de la mujer'. Mientras que hubo 4 salvamentos de voto (3 mujeres y 1 varón), quienes consideraron que se violaban los derechos de igualdad y no discriminación entre ambos sexos, así como entre mujeres de diversa condición social, puesto que las mujeres con capacidad económica podrían acudir a centros privados sin limitación alguna. Asimismo la Magistrada Ángela Russo consideró se violentaban los derechos reproductivos de la mujer y el de salud.

Tanto el MIDES como el INAMU y múltiples organizaciones de la sociedad civil y activistas de los derechos humanos se han pronunciado contrarios a este fallo por estimar que violenta los derechos de la mujer, contenidos en la Carta Magna y Convenios internacionales. También se adelantan iniciativas legislativas para equiparar la edad tanto a hombres como a mujeres, mediante Ley, para acceder igualitariamente a los servicios públicos de esterilización.

Consideramos que el ambiente es propicio para resaltar la importancia de los derechos sexuales reproductivos de la mujer y la necesidad de educación sexual con perspectiva de género en toda la sociedad, tomando en cuenta que nosotras somos las que fundamentalmente cargamos (injustamente) con la responsabilidad de prevenir embarazos no deseados y sufrimos los efectos secundarios de métodos anticonceptivos y de esterilización voluntaria, debiéndose equiparar las cargas entre ambos sexos en esta materia.

ANAYANSI TURNER

ABOGADA Y DOCENTE UNIVERSITARIA


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